Negligencia médica: trámites a seguir tras sufrirla | Silca Abogados
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Negligencia médica: trámites a seguir tras sufrirla

Negligencia médica

Negligencia médica: trámites a seguir tras sufrirla

Como despacho de abogados especializado en reclamaciones derivadas de negligencias médicas o sanitarias, sabemos que en muchas ocasiones los propios pacientes afectados desconocen los aspectos más básicos de la causa que les ocupa. Por ello, creemos que es importante conocer las principales causas, características y procedimientos.

¿Qué es una negligencia médica?

La negligencia médica es un acto mal realizado por parte del profesional sanitario, vulnerando la lex artis ad hoc provocando un daño al paciente.

Ahora bien, para poder reclamar una negligencia médica es obligatorio que exista un nexo causal entre la mala praxis realizada por el profesional sanitario y daño producido al paciente. Si no se produce un daño no se podrá reclamar indemnización alguna.

Ejemplos de negligencias médicas:

  • Errores en la medicación, es decir, recetas de medicamentos que, o bien, no son las que necesita el organismo para la determinada enfermedad, o bien, porque te causa una reacción alérgica.
  • Diagnóstico incorrecto.
  • Lesiones perinatales, es decir aquellas lesiones producidas en el momento el parto.
  • Errores quirúrgicos.

Cuantificación del daño corporal

Un aspecto muy importante es la cuantificación del daño objeto de la reclamación. Actualmente no existe un baremo específico que cuantifique los daños por negligencia médica, por lo tanto, se aplica la jurisprudencia existente en casos similares para poder cuantificar el daño. Igualmente, se aplica por analogía el Baremo de accidentes de tráfico como criterio orientador. Dicho esto, es muy importante a la hora de cuantificar el daño, contar con la intervención de peritos valoradores del daño corporal, pues serán los que certifiquen de forma concreta y veraz el daño sufrido por el paciente.

Plazos a tener en cuenta para reclamar

  • Negligencia medica producida en la Sanidad Pública, el plazo máximo para realizar tal reclamación es de un año que empezará a contarse desde la negligencia médica, desde la muerte del paciente o cliente, o desde el momento en el que la lesión producida se cure o estabilice, es decir, desde que se le dé el alta médica.
  • Negligencia medica producida en la Sanidad Privada, en el caso de ser una responsabilidad contractual, el tiempo de prescripción es de 15 años y si estuviéramos ante una responsabilidad extracontractual, de 1 año. En ambos casos empezaremos a contar siguiendo los mismos criterios mencionados en las negligencias médicas producidas en la Sanidad pública.

Como en cualquier procedimiento legal, es importante acudir a abogados especializados antes de realizar cualquier actuación, para recibir el mejor asesoramiento posible.

En Silca Abogados somos especialistas en negligencias médicas y ofrecemos un servicio completo de principio a fin, encargándonos de todos los trámites derivados de la reclamación. Si quiere más información o necesita ayuda ante un caso de mala práctica médica o sanitaria, no dude en ponerse en contacto con nosotros para concertar una cita y hablar detenidamente de su caso.

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